
¿Qué ocurre cuando terminamos de pagar la hipoteca? ¿Sabías que la deuda sigue figurando en el Registro de la Propiedad, si no llevamos a cabo su cancelación?
Cuando llega la ansiada finalización de la hipoteca, nos convertimos en propietarios libres de ataduras con los bancos y nos sentimos más independientes y seguros. Sin embargo, ¿es la última cuota el último desembolso económico que debemos realizar si queremos desprendernos para siempre de la hipoteca? En efecto, las ataduras con el Registro de la Propiedad no han terminado, por lo que la deuda puede seguir atormentando nuestros bolsillos.
La cancelación de la deuda: la verdadera última cuota de la hipoteca
Cuando compramos una vivienda, son dos las escrituras que firmamos ante notario e inscribimos en el Registro de la Propiedad: la escritura de la compra de la vivienda y la de la hipoteca. Ambas permanecen mientras pagamos las cuotas y mientras esa vivienda sea de nuestra propiedad. Por ello, muchas personas, cuando finalizan con el pago de la hipoteca, llevan a cabo la cancelación de la deuda en el Registro de la Propiedad, con el fin de dar por finalizada la verdadera carga. Este coste puede rondar, dependiendo del préstamo inicial con el banco, entre los 300 y los 1.000 euros. Para ello, debemos acudir al notario con un certificado de deuda cero que hayamos solicitado anteriormente, pasar por Hacienda para rellenar el formulario del impuesto de actos jurídicos documentados, recoger la escritura del notario, pagar su importe y presentarla en el Registro de la Propiedad.
¿Qué puede ocurrir si no cancelamos la hipoteca?
La cancelación de la deuda no es un procedimiento obligatorio, pero sí que puede llegar a tener algunas consecuencias negativas si no la efectuamos. Por ejemplo, imaginemos que queremos vender nuestra vivienda una vez que hayamos terminado con el pago de la hipoteca. Como la escritura de la misma permanece en el Registro de la Propiedad, ésta se considerará una traba para llevar a cabo la venta del piso, ya que la vivienda no aparecerá libre de cargas, lo que dificultará el proceso de venta del inmueble y entorpecerá la confianza del posible comprador. Puede que, en cambio, queramos pedir una segunda hipoteca, y la petición se vea rechazada por no haber cancelado la deuda de la primera.
¿La hipoteca tiene fecha de caducidad?
Por último, si no tenemos ninguna intención de vender el inmueble ni de pedir segundas hipotecas, no tenemos por qué llevar a cabo la cancelación de la deuda, ya que ésta se efectuará automáticamente pasados los 20 años después de la última cuota. De esta forma, nos ahorraremos ese último importe por la cancelación de la misma. No obstante, como nunca se sabe lo que nos va a deparar la vida, quitarnos ese peso de encima desde el primer momento se convierte en la opción más recomendable.
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