
¿Sabías que los propietarios también disfrutan de algunas ventajas fiscales al alquilar su vivienda?
Muchas personas creen que solo los inquilinos pueden deducir los gastos del alquiler, pero lo cierto es que, menos en la comunidad de Murcia, en el resto de España se puede deducir cierto importe también cuando somos los arrendadores. Ahora bien, ¿cuáles son esas deducciones y sobre qué cifras se sitúan? Pongamos algunos ejemplos.
Diferentes cantidades con diversos requisitos en cada comunidad autónoma
En el caso de Andalucía, por ejemplo, se deduce hasta un 15% de las cantidades obtenidas a través de la renta, pero únicamente si el propietario es menor de 35 años y cumple con algunos requisitos de carácter económico. En Aragón, en cambio, la cantidad se reduce al 10%, pero solo se podrá deducir tal cifra si el arrendador ha pagado su hipoteca íntegra y si firma con el inquilino un contrato de alquiler con opción a compra. En cuanto a comunidades autónomas como Baleares o Cantabria, también existe el requisito de la edad (36/35 años como máximo), aunque se suman los casos de arrendadores con diversidad funcional, pudiendo deducir el 15% en Baleares y el 10% en Cantabria. Otro de los muchos requisitos que se exigen en comunidades como Castilla-La Mancha y Castilla y León es el de no disponer de una vivienda en propiedad a menos de 30km de distancia con respecto a la casa arrendada.
En Euskadi, los caseros salen algo mejor parados
En Euskadi, como ocurre en Canarias o en algunos casos de Galicia o de la Comunidad Valenciana, hay una deducción general de un 20% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo, existiendo el límite cuantitativo de los 1600 euros anuales. En el caso de los contratos firmados antes del 9 de mayo de 1985, la bonificación puede llegar a ser del 50%. Como sabemos, País Vasco y Navarra componen un caso especial en cuanto al sistema tributario, ya que el Estado cede todas las competencias fiscales a la Hacienda vasca. Por lo tanto, a diferencia de otras comunidades autónomas, estas dos no se benefician de otras deducciones a nivel estatal, aunque sí de las que establecen las Haciendas regionales.
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