Al igual que ocurre en la mayoría de las situaciones que la vida plantea, también en el sector inmobiliario nos encontramos con desventajas, derivadas de las ventajas, que un concepto, como es la exclusividad, nos proporcionan.
Algunas de las desventajas de la exclusividad, serán:
Permanencia: la venta de una vivienda a través de un contrato de exclusividad supone establecer una relación de permanencia determinada con la agencia inmobiliaria. En este sentido, es común recomendar, según algunos expertos, a los vendedores “no establecer plazos de duración muy largos”, puesto que de esta manera la agencia inmobiliaria mantiene “la presión de que puede perder el producto inmobiliario”, dando eficiencia y agilidad a la comercialización del mismo.
No obstante, otros proponen que en los contratos de exclusividad la flexibilidad de dicho plazo de permanencia está determinada por los precios, zona, nivel de demanda, inversión e interés en la comercialización.
Coste: como contracara a la agilidad que ofrecen las agencias inmobiliarias para vender una vivienda, se encuentran los honorarios que cobran estas compañías por ejercer de intermediarios. Coste que suele oscilar entre el 3% y el 5% del precio final de la vivienda. Sin embargo, hay quienes dicen que “lo barato sale caro”, pues inciden en que “cuanto mayores sean los honorarios de la venta total de la vivienda, más probabilidades de éxito habrá (un 8%)”. Cabe tomar con cautela dichos argumentos. Cierto es que si se quiere eficacia, se deberá recurrir a agentes expertos.
Confianza en la agencia: en paralelo, la cesión de la venta en exclusiva de una vivienda a una agencia inmobiliaria supone para el vendedor establecer una relación de confianza hacia esta organización, que muchas personas no están dispuestas a llevar a cabo. Muchos aclaran que sea “fundamental antes de pactar un contrato de este tipo”, que el vendedor se informe de quién es la otra parte, cuántos años de experiencia tiene, cuál es su antigüedad en el mercado y si cuenta con el respaldo de una marca detrás.
Incumplimiento: en caso de incumplimiento del contrato de exclusividad, el vendedor estaría expuesto a ser denunciado y condenado a pagar los honorarios de la agencia, además de los intereses y las costas. Pues con la exclusiva, la agencia dispone de un producto inmobiliario para comercializar de manera que ni el vendedor ni otras agencias pueden intervenir durante la vigencia de dicho periodo de exclusividad firmada.
Intrusismo: los vendedores de viviendas también han de estar vigilantes ante una mala práctica de la compañía elegida. Si el vendedor detecta alguna ilegalidad deberá denunciar el hecho de manera inmediata, ya que va en contra de sus propios intereses trabajar con personas que ejercen de manera ilegal la actividad.
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