¿Qué es una vivienda en usufructo y una nuda propiedad? ¿Podemos vender un piso en usufructo? ¿Podemos sacar provecho del mismo de otra manera?
Una de las situaciones más comunes, sobre todo en casos de fallecimiento por parte de un miembro del matrimonio, es que la persona o personas que convivían con éste reciban su domicilio en usufructo (usufructo viudal). Sin embargo, suelen existir preguntas frecuentes que los beneficiarios se plantean cuando desean cambiar de vivienda o sacar rentabilidad al domicilio en el que habitan. ¿Puedo vender? ¿Puedo alquilar? ¿Puedo comprar el 50% de la propiedad que hoy en día tengo en usufructo?
La nuda propiedad y el usufructuario
Cuando el propietario o uno de los propietarios de la vivienda muere, éste tiene la nuda propiedad, es decir, una propiedad desnuda, pues no puede disfrutarse por motivos de fallecimiento. Normalmente, la persona que muere deja su vivienda en usufructo a la persona que convivía con ella, bien en su totalidad, bien en el 50% restante de la propiedad (la otra mitad ya pertenece a la persona usufructuaria). Puede que la madre haya muerto y haya dejado su parte a sus hijos, mientras que el marido disfrutará del derecho de usufructo de los bienes materiales: podrá vivir en el domicilio el resto de su vida. Sin embargo, en ocasiones, los usufructos tienen fecha de caducidad establecida en el testamento, y el usufructuario debe abandonar la vivienda si no se ha hecho ya con la totalidad de la propiedad. En efecto, podría pactarse la propiedad con los herederos de la misma. Es decir, puede que los hijos prefieran dejarle al padre la vivienda en propiedad, ya que después serán también los herederos del inmueble cuando éste fallezca.
¿Se puede vender un piso en usufructo? ¿Puede ponerse en alquiler?
Muchos de los usufructuarios ya no desean vivir en la vivienda cuyo uso es heredado, sino que prefieren mudarse y/o sacar beneficio de la misma. No obstante, una vivienda en usufructo no se puede vender, por la simple razón de que no es de nuestra propiedad. Podría venderse, pero solo se nos dará la parte correspondiente al derecho usufructuario (un 10% como mínimo), es decir, que no merece la pena perder la vivienda de ese modo. En cuanto al alquiler, en cambio, la cosa cambia: podremos disfrutar de la renta siempre que queramos. Eso sí, tendremos que encargarnos de mantener la vivienda en buenas condiciones, de pagar todos los impuestos correspondientes y de otras tareas que atañerían al propietario arrendador.
Agencia inmobiliaria en Vizcaya (Bilbao y Getxo) y A Coruña
En Casasclic, agencia inmobiliaria en Bilbao, Getxo y A Coruña, le ofrecemos un servicio inmobiliario profesional, además del asesoramiento y tramitación de todo lo relacionado con la compraventa y alquiler de una vivienda. Si necesita encontrar una segunda vivienda, o vender la suya propia, póngase en contacto con nosotros para recibir una atención personalizada por parte de nuestros agentes inmobiliarios. Además, infórmese sobre nuestros servicios de Home Staging, Relooking y Limpieza, para una rápida y eficaz venta del inmueble.
Casasclic, tu hogar ideal a un clic